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Publicado el 07/05/2026

Ley de Glaciares… ¿cómo sigue? por @ecointensa

¿En qué pensamos cuando escuchamos el término “glaciar”?

Pensamos en hielos gigantes, celestes y turquesas, bloques helados donde la gente se saca fotos y que muchas veces olvidamos que tenemos la suerte de tener en nuestro territorio.
Hace algunos años entendimos que los glaciares no son eternos, que por culpa del cambio climático están en retroceso, que poco a poco se irán achicando y que algún día dejarán de estar.

Pero los glaciares no son solo fotos o postales. No es solo la nostalgia la que puede hacer que queramos que sigan existiendo. Los glaciares cumplen un papel clave, tanto para los ecosistemas en los que están inmersos como para nuestra vida y nuestra salud.

¿Qué está pasando con los glaciares?

En 2010 el Congreso aprobó la Ley 26.639, más conocida como Ley de Glaciares, que partía de una premisa simple: los glaciares y su entorno no son recursos para ser explotados, son reservas estratégicas de agua.

La ley no solo protegía los glaciares en sí, sino también el ambiente periglacial: zonas de alta montaña que regulan el agua, almacenan humedad y hacen posible el funcionamiento del sistema en su conjunto.

La ley establecía que los glaciares son tan importantes que tienen que ser protegidos antes de que ocurra el daño. Por eso prohibía actividades como:

  • la minería y la explotación hidrocarburífera
  • la instalación de industrias
  • el uso de sustancias contaminantes
  • obras que pudieran alterar estos ecosistemas

Según el Atlas de los Glaciares de Argentina, un glaciar es un cuerpo de hielo perenne formado por la acumulación, compactación y recristalización de la nieve, que muestra señales de movimiento por acción de la gravedad. Además, afirma que los glaciares contribuyen de múltiples maneras al bienestar de las personas: aportan agua para consumo humano, sostienen la biodiversidad y las actividades productivas, y forman parte del patrimonio natural y cultural.

Guardate estos datos:

  • 12 provincias argentinas tienen glaciares
  • Hay 16.968 cuerpos de hielo identificados
  • La superficie total es de 8.484 km²
  • Están en las cabeceras de 36 cuencas hídricas
  • Más de 7 millones de personas dependen de esas cuencas

La Ley de Glaciares del 2010 fue el resultado de una gran lucha social. Gracias a ese proceso se logró una norma que realmente protegía nuestras fuentes de agua.

¿Y entonces, qué pasó?

Ya desde esa época hay algunos sectores de la industria que no estaban de acuerdo con proteger los glaciares, ¿Por qué? Porque debajo de muchos de ellos hay minerales que resultan atractivos para la industria minera. Desde el 2010 (y probablemente desde antes) existe el llamado lobby minero: una narrativa poderosa que busca imponer el discurso del desarrollismo económico como opuesto y por encima de la protección del ambiente y del agua. 

Después de muchos años de espera, estos discursos encontraron tierra fértil en la realidad socio-politica actual de Argentina. Con narrativas oficiales cada vez más violentas respecto del cuidado de la tierra y de los defensores ambientales, e incluso con el negacionismo climático en lugares de poder, la idea de modificar la ley de glaciares y flexibilizarla dejó de ser un imposible para volverse viable. 

Es por eso que a fines del 2025 el poder ejecutivo presentó en el Congreso un proyecto de ley que buscaba modificar la ley de glaciares, un proyecto que tenía el visto bueno ni más ni menos que de las empresas mineras y de las provincias mineras. Desde ese momento se dió una batalla legislativa y cultural entre quienes buscaban proteger la ley original de glaciares y quienes apoyaban la modificación. Spoiler alert: la batalla legislativa la ganaron quienes buscaban modificar la ley, pero la batalla cultural… creo que la ganaron los glaciares. 

Durante los primeros meses del 2026, la sociedad volvió a hablar de glaciares, mucha gente entendió su valor ecosistémico y se comprometió en la lucha por su defensa: se convocaron marchas masivas, se logró una inscripción histórica de más de 100.000 personas que querían participar de la audiencia pública para defender a los glaciares y casi 900.000 personas firmaron la demanda colectiva en defensa del agua más grande de la historia. 

¿Cuál es el problema de la reforma? 

El proyecto de modificación aprobado estableció varias modificaciones que desnaturalizan la ley original. 

Una de las más peligrosas es que la protección de los glaciares deja de ser automática y pasa a ser condicional, o sea, antes se protegía al glaciar por el solo hecho de serlo, y ahora para protegerlo debe demostrarse que cumple con funciones hídricas relevantes. 

La nueva ley ya no protege glaciares y ambiente periglacial por su valor ecosistémico integral, sino en la medida en que cumplan determinadas funciones hídricas específicas. El ambiente deja de ser un bien común que se preserva preventivamente y se convierte en un recurso cuya protección debe justificarse. Aquello que no logre demostrar una función clara, medible y actual queda potencialmente fuera del paraguas legal. 

Este cambio se profundiza en el nuevo diseño del Inventario Nacional de Glaciares, un inventario creado en la ley del 2010 como una herramienta científica para identificar y monitorear los cuerpos protegidos, que con la nueva ley pasa a ser un filtro, en esta nueva ley solo los glaciares y geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas verificables pueden ingresar al inventario y ser protegido, el resto puede quedar a merced de las mineras, así sin más. 

Otro cambio es que el rol del IANIGLA —la máxima autoridad científica en glaciología del país— queda subordinado a las decisiones provinciales. Si una provincia informa que un glaciar ya no cumple funciones, el IANIGLA debe eliminarlo del Inventario. Pero incluso si no lo hace, la autorización provincial sigue siendo válida. La ciencia deja de ser un límite y pasa a ser un insumo opcional. Las prohibiciones históricas de la ley —minería, hidrocarburos, industrias, sustancias tóxicas— permanecen en el texto, pero solo se aplican a los glaciares y ambientes periglaciales “identificados” por la autoridad competente (e incorporados al inventario del parrafo anterior)

La pregunta entonces ya no es qué actividades están prohibidas, sino qué territorios siguen siendo reconocidos como protegidos. Y esa decisión se fragmenta, se provincializa, se politiza. El resultado es un cambio de paradigma. La Ley de Glaciares deja de ser una ley de presupuestos mínimos ambientales —es decir, un piso de protección común para todo el país— y se convierte en un marco flexible, sujeto a interpretaciones locales y a evaluaciones caso por caso. 

Presentación de la demanda

En respuesta a la reforma, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y Greenpeace presentaron un amparo colectivo ante la Justicia federal en La Pampa.

La acción reúne más de 850.000 adhesiones, solicita suspender la aplicación de la reforma para que siga vigente la Ley 26.639 y denuncia un proceso legislativo irregular: más de 100.000 personas se inscribieron para participar de la audiencia pública, pero menos del 1% pudo hacerlo, en violación de los estándares del Acuerdo de Escazú.

Esta demanda se presentó ante la justicia federal en virtud de lo establecido en el articulo 7 de la ley general de ambiente que dice que “En los casos que el acto, omisión o situación generada provoque efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales, la competencia será federal.”

Y hay una particularidad, no se presentó en Buenos Aires, sino en La Pampa, ¿Por qué? Si bien la aplicación de la nueva ley de glaciares tendrá efectos sobre todo el territorio nacional, La Pampa es una de las provincias con cuencas hídricas provenientes del deshielo que serían afectadas por la inminente habilitación de proyectos mineros en las zonas glaciares y periglaciares. 

¿Qué se pide en la demanda?

La acción iniciada es una demanda de amparo que pide dos cosas, por un lado una petición de fondo que es la nulidad e inconstitucionalidad de la ley 27.804 (la nueva ley de glaciares), y por el otro una medida cautelar que solicita la suspensión en todo el territorio nacional de la aplicación e implementación de esta ley hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la acción de fondo. 

La medida cautelar es un pedido que el juez tiene que resolver en el corto plazo y después se toma todo el tiempo del mundo para resolver la petición de fondo. Si el juez federal de primera instancia de La Pampa hace lugar a la medida cautelar y suspende la aplicación de la ley GOLAZO. ¿Por qué? Porque la suspensión involucra toda reglamentación, resolución, acto administrativo o autorización vinculada a la nueva ley de glaciares y a la aprobación de proyectos mineros cuyas áreas de exploración y explotación se superpongan con glaciares o ambiente periglacial antes protegidos por la ley de glaciares original. Esto implica que podríamos resguardar preventivamente nuestros recursos hídricos.

Si no hace lugar y rechaza la medida cautelar, las partes actoras podrían apelar la resolución de la medida cautelar y con esto se abriría otro proceso judicial que es el de apelación de resolución que rechaza la cautelar que tendrá que ser resuelto por la Camara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca. 

El camino que se inició es largo, la pelea por los glaciares se perdió en el Congreso, pero sigue en la justicia y vive en la consciencia de la gente.” 

Publicado por luleå mindful

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